Burocracia

Tenemos que empezar constituir la sociedad, llevar trámites y a partir de ahí, la empresa individual deben gestionar con Hacienda, Ayuntamiento, Seguridad Social, solicitar la liencia de obras, solicitar y pagar la apertura del establecimiento...

En hacienda, se va allí a darte de alta en el impuesto de actividades económicas y hay que pagar previamente al desarrollo de la actividad empresarial, algunas empresas están exentas de pagar ese impuesto pero darse de alta es obligatorio. Así, estableces una relación con hacienda que va a marcar tu régimen fiscal y el régimen de obligaciones que tendrás que llevar a cabo. Cuanto mayor sea la empresa, más contabilidad, más declaraciones periódicas... hacienda tomará el control periódico.

Todas las personas que quieran trabajar en la empresa deberán darse de alta en la Seguridad Social, sea autónomo o contratado y si no han trabajado nunca se deberá afiliarlos por primera y única vez. Se marca las obligaciones como
cotizar según demos de alta o baja a los trabajadores, se deberán presentar papeles que si no están bien presentados puede ser efecto de sanción. 

Principales impuestos: actividades economías como ya hemos nombrado antes, tasas locales (inmuebles, basura, vehículos impuesto de circulación, obras y licencias, terrazas...), el impuesto sobre los beneficios y el impuesto sobre el valor añadido.
Sobre beneficios hay 2 tipos:
•IRPF obtención de renta por una persona física, puede proceder del trabajo llevándonos parte de lo que gana el trabajador, rendimientos, inversiones, acciones, cuentas en los bancos, productos financieros... funciona dependiendo de lo que ganes. 

¿Como determinamos la renta por sus actividades empresariales del empresario individual?
Régimen de estimación directa, lo que se se considera renta es el beneficio empresarial, debe llevar una contabilidad estricta recoger sus gastos, ingresos, operaciones...
Estimación objetiva, hacienda establece mecanismos se presume que el empresario va a tener unos rendimientos aplicando la fórmula, si ganas más mejor para ti y si es menos peor porque pierdes pero a cambio no hay contabilidad 
estricta.

•Sociedades es un porcentaje de los beneficios obtenidos por una sociedad, contabilidad estricta ajustada a las exigencias del código de comercio y se considera ingresos lo que dice el impuesto de sociedad, estable las fórmulas de cálculo y  en función de los beneficios es por lo que se te cobra, varía el porcentaje en función de la sociedad de que se trate.

•IVA soportado cuando la empresa vende (IVA repercutido) 
Soportado - repercutido = lo que pagas a hacienda 





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